Darse de baja como autónomo no es un único trámite. Son tres bajas independientes que debes realizar en orden y dentro de plazos muy estrictos. Si solo haces una y olvidas las demás, seguirán cobrándote la cuota del RETA y estarás obligado a presentar modelos trimestrales aunque no factures un euro. En esta guía encontrarás cómo darse de baja como autónomo en 2026, los plazos exactos y los errores más frecuentes que cuestan dinero.
Las 3 bajas obligatorias al darse de baja como autónomo
Darse de baja como autónomo implica actuar ante tres organismos distintos:
- Hacienda (AEAT): baja censal mediante Modelo 036
- Seguridad Social (TGSS): baja en el RETA a través de IMPORTASS
- Ayuntamiento: comunicación de cese de actividad (si tenías local abierto al público)
Si solo haces la baja en uno y olvidas los otros, las consecuencias son costosas. El orden correcto es: primero Hacienda, luego Seguridad Social.
Plazo crítico: 3 días para la baja en el RETA
Este es el plazo más corto y el que más se incumple. Desde la fecha efectiva de cese de la actividad tienes solo 3 días naturales para presentar la baja en el RETA ante la Tesorería General de la Seguridad Social. Si te pasas de ese plazo, seguirás pagando la cuota hasta el final del mes en que presentes la solicitud.
Para Hacienda, el plazo es más amplio: 1 mes desde el cese efectivo para presentar el Modelo 036 de baja censal.
Paso 1: Baja censal en Hacienda — Modelo 036
El primer trámite para darse de baja como autónomo es comunicar el cese de actividad a la Agencia Tributaria mediante el Modelo 036 (el Modelo 037 simplificado está suprimido desde 2026; todo va por el 036).
Cómo presentar el Modelo 036 de baja
- Accede a la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, DNIe o Cl@ve
- Busca «Modelo 036 — Declaración censal»
- Marca la casilla de cese de actividad
- Indica la fecha exacta de cese (debe coincidir con la que comunicarás a la Seguridad Social)
- Indica el código IAE de tu actividad
- Presenta y guarda el justificante
El trámite es gratuito. Si tenías varios epígrafes del IAE, debes darlos de baja todos.
¿Qué fecha de cese poner?
La fecha de cese debe ser el último día real en que ejerciste la actividad. Esta fecha es importante porque determina hasta cuándo tienes obligaciones fiscales (presentar modelos de IVA e IRPF) y hasta cuándo cotizas en el RETA.
Paso 2: Baja en el RETA — IMPORTASS
El segundo trámite para darse de baja como autónomo es la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Cómo tramitar la baja en el RETA
- Accede a importass.seg-social.es
- Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve
- Ve a la sección «Trabajo autónomo → Solicitar baja en autónomos»
- El sistema identifica tu alta actual y te pide confirmar los datos
- Indica la fecha de cese exacta (la misma que en el Modelo 036)
- Confirma y descarga la resolución de baja
La resolución se emite en minutos y acredita que ya no estás dado de alta en el RETA desde la fecha indicada.
También puedes tramitarlo presencialmente en cualquier oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Cuánto se paga el mes de la baja?
Con el sistema de cotización por ingresos reales vigente en 2026, la cuota del mes de baja se prorratea según los días cotizados efectivamente. Solo pagas por los días trabajados, no el mes completo.
⚠️ Si te das de baja un día 29 o 30, la cuota del mes completo se considera devengada. Lo óptimo es tramitar la baja antes del día 28 del mes.
Paso 3: Comunicación al Ayuntamiento
Si tenías un local abierto al público, debes comunicar el cese de actividad al Ayuntamiento para evitar que sigan girándote tasas municipales (basuras, terrazas, etc.). El trámite varía por municipio pero generalmente es un formulario gratuito de cese de actividad.
Obligaciones fiscales pendientes al darse de baja como autónomo
Darse de baja como autónomo no elimina las obligaciones fiscales del período en que estuviste activo. Debes presentar igualmente:
Modelos trimestrales del último trimestre
Si cesaste actividad a mitad de trimestre, debes presentar:
- Modelo 303 (IVA): por las facturas emitidas hasta el cese
- Modelo 130 (IRPF fraccionado): por los rendimientos hasta el cese
No presentarlos porque «ya no eres autónomo» es uno de los errores más frecuentes y genera sanciones automáticas.
Declaración de la Renta del año en curso
En la declaración de la Renta del año siguiente debes declarar los rendimientos de actividad económica generados hasta la fecha de cese. La baja no exime de esta obligación.
Conservación de documentación
Tras darse de baja como autónomo, debes conservar durante 4 años (plazo de prescripción fiscal):
- Facturas emitidas y recibidas
- Libros de registro
- Modelos presentados
- Justificantes de pagos a la Seguridad Social
¿Puedo volver a darme de alta después de darse de baja como autónomo?
Sí. Puedes darte de baja y de alta como autónomo hasta 3 veces en el mismo año natural sin penalización. El proceso de alta es el mismo que la primera vez (Modelo 036 + alta en RETA).
Si han pasado más de 2 años desde tu última alta, puedes recuperar el derecho a la tarifa plana reducida si cumples los requisitos vigentes en 2026.
¿Puedo solicitar la prestación por cese de actividad?
Sí, si has cotizado por la contingencia de cese de actividad (obligatoria desde 2019) y cumples los requisitos:
- Haber cotizado al menos 12 meses continuados inmediatamente anteriores al cese
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación
- Estar inscrito como demandante de empleo
- Que el cese sea por causa no imputable al autónomo (insolvencia de clientes, fuerza mayor, etc.) o por cierre involuntario
La prestación por cese de actividad equivale al 70% de la base reguladora durante un período que varía entre 2 y 24 meses según los años cotizados.
Errores frecuentes al darse de baja como autónomo
Presentar solo la baja en el RETA y olvidar Hacienda
Sin el Modelo 036, Hacienda sigue considerándote activo y te exigirá presentar modelos trimestrales a cero, con las sanciones correspondientes si no lo haces.
Presentar la baja en el RETA fuera del plazo de 3 días
Es el error más costoso. Si presentas la baja fuera del plazo de 3 días naturales, pagas la cuota del mes completo aunque hayas cesado antes.
No presentar los modelos del último trimestre
El cese de actividad no cancela las obligaciones fiscales del período activo. Debes presentar IVA e IRPF hasta la fecha de cese.
Poner fechas distintas en Hacienda y Seguridad Social
La fecha de cese debe ser exactamente la misma en el Modelo 036 y en la baja del RETA. Fechas diferentes pueden generar problemas en ambos organismos.
No conservar la documentación 4 años
La prescripción fiscal es de 4 años. Si Hacienda te inspecciona, necesitarás todos los documentos del período en que estuviste activo.
Preguntas frecuentes sobre darse de baja como autónomo
¿Puedo darse de baja como autónomo en cualquier momento del año?
Sí, en cualquier momento. No existe período mínimo de permanencia ni limitación de fecha.
¿La baja como autónomo da derecho al paro?
No directamente. Los autónomos tienen la prestación por cese de actividad, que es diferente a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena. Si pasas a trabajar por cuenta ajena, el paro se genera por el contrato laboral, no por la baja como autónomo.
¿Qué pasa si tengo deudas con Hacienda o la Seguridad Social al darse de baja como autónomo?
La baja no cancela las deudas pendientes. Debes regularizarlas antes o después de la baja. La Seguridad Social puede reclamarte las cuotas pendientes independientemente de que estés dado de baja.
¿Puedo darse de baja como autónomo estando de baja médica (IT)?
Durante la incapacidad temporal mantienes el alta en el RETA y cobras la prestación de la Mutua o el INSS. La baja definitiva como autónomo durante una IT es posible pero tiene implicaciones en la prestación. Consulta con un gestor antes de actuar.
¿Es lo mismo la baja temporal que la definitiva?
Se tramita igual (Modelo 036 + baja en RETA), pero la baja temporal implica que prevés retomar la actividad. En ambos casos debes volver a darte de alta cuando retomes la actividad.
Descarga el modelo de solicitud de baja como autónomo 2026
A continuación puedes descargar gratis nuestro resumen de trámites y checklist para darse de baja como autónomo, actualizado a 2026.
Esta guía tiene carácter orientativo. Para situaciones con deudas pendientes, prestaciones o pluriactividad, consulta con un gestor o asesor fiscal antes de tramitar la baja.