La devolución del IRPF es uno de los trámites fiscales más esperados del año. Hacienda tiene un plazo legal de 6 meses para ingresarte el dinero desde que presentas la declaración. Si se retrasa, no solo tiene que devolverte lo que te corresponde: también debe abonarte intereses de demora automáticamente. En esta guía encontrarás todo lo que necesitas saber sobre la devolución del IRPF en 2026, qué hacer si Hacienda se retrasa y el modelo de escrito para reclamar.
¿Qué es la devolución del IRPF?
La devolución del IRPF no es un regalo ni una ayuda de Hacienda. Es un ajuste del sistema fiscal: durante el año, tu empresa te retiene parte del salario como adelanto del impuesto. Al presentar la declaración, Hacienda compara lo que has pagado con lo que realmente te corresponde pagar. Si has pagado de más, te devuelve la diferencia.
Las situaciones más frecuentes que generan devolución del IRPF son:
- Haber tenido varios pagadores en el año
- Haber estado en situación de desempleo parte del año
- Haber deducido la hipoteca (contratos anteriores a 2013)
- Haber realizado aportaciones a planes de pensiones
- Haber tenido gastos de maternidad, familia numerosa o discapacidad
- Haber tenido rendimientos variables (comisiones, extras) que generaron retenciones excesivas
Plazo legal de la devolución del IRPF en 2026
Hacienda tiene un plazo máximo de 6 meses desde la fecha de presentación de la declaración para efectuar la devolución del IRPF, según el artículo 103 de la Ley del IRPF.
La campaña de la Renta 2025 (que se declara en 2026) comenzó el 8 de abril de 2026. Si presentaste la declaración ese día, el plazo máximo de devolución es el 8 de octubre de 2026.
Si presentas la declaración en junio, el plazo vence en diciembre. Las primeras devoluciones llegan en abril, pocas semanas después de que comienza la campaña, para quienes presentan pronto y sin incidencias.
¿Qué pasa si Hacienda no devuelve en 6 meses?
Si transcurridos los 6 meses Hacienda no ha efectuado la devolución del IRPF, la Administración debe abonarte automáticamente intereses de demora desde el día siguiente al vencimiento del plazo hasta la fecha del ingreso efectivo.
El tipo de interés de demora en 2026 es del 7,25% anual (fijado en los Presupuestos Generales del Estado).
⚠️ Los intereses de demora se generan automáticamente y deben incluirse en el mismo ingreso que la devolución principal. No tienes que solicitarlos expresamente, pero sí debes revisar que el importe abonado los incluya correctamente.
Cómo consultar el estado de la devolución del IRPF
Antes de reclamar, consulta el estado de tu devolución del IRPF a través de:
- Sede electrónica de la AEAT → «Consultar devolución» con certificado digital, DNIe o Cl@ve
- App de la AEAT en tu móvil
- Teléfono de información tributaria: 901 33 55 33 (con tu DNI y número de referencia de la declaración)
Los estados posibles son:
- «En proceso de comprobación»: Hacienda está revisando tu declaración
- «Devolución acordada»: el ingreso está en camino (llega en días)
- «Devolución pendiente de ingreso»: acordada pero aún no ingresada
- «Anulada»: Hacienda ha anulado la devolución (puede estar revisando posibles errores)
Motivos por los que Hacienda puede retrasar la devolución del IRPF
Comprobación de la declaración
Hacienda puede revisar tu declaración antes de efectuar la devolución del IRPF. Es habitual cuando hay datos que no coinciden con su información (rendimientos del trabajo, retenciones, deducciones autonómicas).
Solicitud de documentación adicional
Si detecta alguna incidencia, puede enviarte una notificación solicitando que aportes documentación que justifique algún dato declarado.
Datos bancarios incorrectos
Si el IBAN que indicaste en la declaración es erróneo o la cuenta está cancelada, la transferencia vuelve y debes actualizar los datos.
Declaración con errores o inconsistencias
Si hay errores en la declaración que Hacienda detecta durante la comprobación, puede iniciar un procedimiento de comprobación limitada o una inspección, lo que retrasa la devolución del IRPF.
Pasos para reclamar si Hacienda no devuelve en plazo
Paso 1: Consulta el estado online
Verifica primero en la sede electrónica que la devolución no está ya acordada o en proceso de ingreso.
Paso 2: Contacta con la AEAT
Llama al 901 33 55 33 o solicita cita previa en tu delegación de la AEAT para conocer el motivo del retraso. En muchos casos, el problema se resuelve con una llamada o una cita.
Paso 3: Presenta escrito de requerimiento de pago
Si han transcurrido los 6 meses y no hay respuesta, presenta un escrito formal ante la AEAT solicitando la devolución del IRPF y el abono de los intereses de demora correspondientes. Puedes presentarlo en la sede electrónica o presencialmente en cualquier delegación.
Paso 4: Reclamación económico-administrativa ante el TEAR
Si la AEAT no responde o desestima tu reclamación, puedes acudir al Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de tu comunidad autónoma. Es gratuito y no requiere abogado. El plazo para presentar la reclamación es de 1 mes desde la notificación de la desestimación o desde que opera el silencio administrativo.
Paso 5: Recurso contencioso-administrativo
Si el TEAR también desestima, puedes acudir a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. En esta fase sí es necesario abogado y procurador.
Novedades de la devolución del IRPF en 2026
Nueva deducción para rentas bajas
En 2026 se consolida una nueva deducción de hasta 340€ para contribuyentes con rentas bajas, que puede convertir declaraciones que antes salían a cero en declaraciones con devolución del IRPF.
Exención de declarar para perceptores de subsidios
El RDL 16/2025 consolida en 2026 la exención de la obligación de declarar para determinados perceptores de subsidios, lo que puede reducir el número de contribuyentes obligados a presentar declaración.
Mutualistas
Los mutualistas de colegios profesionales que pagaron de más en ejercicios anteriores (2019-2022) pueden solicitar la devolución del IRPF correspondiente a través del formulario específico habilitado por la AEAT.
Errores frecuentes en la devolución del IRPF
No revisar el borrador antes de confirmarlo
El borrador de la AEAT puede contener errores u omitir deducciones a las que tienes derecho. Revísalo siempre antes de confirmarlo.
IBAN incorrecto o cuenta cancelada
Comprueba que el número de cuenta donde quieres recibir la devolución del IRPF es correcto y está activo. Un error en el IBAN retrasa el ingreso semanas o meses.
No reclamar los intereses de demora
Si Hacienda se retrasa más de 6 meses, revisa que el ingreso incluye los intereses correspondientes. Si no los incluye, reclámalos.
No consultar el estado antes de reclamar
En muchos casos la devolución del IRPF ya está acordada y en proceso de ingreso. Consulta siempre el estado antes de iniciar una reclamación formal.
Preguntas frecuentes sobre la devolución del IRPF
¿Tengo que declarar aunque me salga a devolver?
Depende de tus ingresos. Si tienes un solo pagador y cobras menos de 22.000€ brutos anuales no estás obligado, pero puede interesarte presentarla si te sale a devolver.
¿Puede Hacienda reclamarme una devolución que ya me ingresó?
Sí. Si la AEAT comprueba posteriormente que la devolución del IRPF fue incorrecta, puede reclamarte el importe más los intereses de demora. Por eso es importante revisar bien la declaración antes de presentarla.
¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el IRPF?
Las primeras devoluciones llegan en días para quienes presentan pronto y sin incidencias. El plazo máximo legal es de 6 meses.
¿Puedo solicitar que me ingresen la devolución en otra cuenta?
Sí, puedes modificar el IBAN en la sede electrónica de la AEAT antes de que se haga efectivo el ingreso.
¿La devolución del IRPF tributa?
No. La devolución del IRPF no tributa en el año en que la recibes. Sí tributan los intereses de demora que te abone Hacienda, que se declaran como ganancia patrimonial no derivada de transmisión.
Descarga el modelo de reclamación de devolución del IRPF 2026
A continuación puedes descargar gratis nuestro modelo de escrito de requerimiento de pago de la devolución del IRPF, actualizado a 2026.
Este modelo tiene carácter orientativo. Para situaciones complejas o importes elevados, consulta con un asesor fiscal.