Contrato de compraventa de vehículo entre particulares 2026: modelo COMPLETO y trámites

El contrato de compraventa de vehículo entre particulares es el documento imprescindible para formalizar legalmente la venta de un coche de segunda mano. Sin él, no es posible tramitar el cambio de titularidad en la DGT ni liquidar los impuestos correspondientes. En esta guía encontrarás el modelo de contrato de compraventa de vehículo entre particulares actualizado a 2026, todos los trámites obligatorios y los errores más frecuentes que debes evitar.

¿Qué es el contrato de compraventa de vehículo entre particulares?

El contrato de compraventa de vehículo entre particulares es el acuerdo legal mediante el cual el vendedor se obliga a entregar un vehículo y el comprador a pagar un precio cierto. Está fundamentado en los artículos 1254 y 1278 del Código Civil, que establecen que los contratos son obligatorios cualquiera que sea la forma en que se celebren, siempre que concurran los requisitos esenciales de validez.

Aunque la ley no exige forma escrita para la compraventa de bienes muebles, en la práctica el documento escrito es imprescindible para tramitar el cambio de titularidad en la DGT y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Desde la firma del contrato de compraventa de vehículo entre particulares, el comprador asume la responsabilidad civil derivada del uso del vehículo y el vendedor queda liberado de futuras sanciones administrativas vinculadas al mismo.

Qué debe incluir el contrato de compraventa de vehículo entre particulares

Un documento válido debe contener obligatoriamente:

Identificación de las partes

  • Nombre completo, DNI o NIE y domicilio del vendedor
  • Nombre completo, DNI o NIE y domicilio del comprador

Descripción completa del vehículo

  • Marca, modelo y versión
  • Matrícula
  • Número de bastidor (VIN)
  • Kilómetros en el momento de la venta
  • Fecha de primera matriculación
  • Color y tipo de combustible

Precio y forma de pago

  • Importe exacto acordado
  • Forma de pago (efectivo, transferencia bancaria)
  • Fecha y lugar de pago

Estado del vehículo

  • Declaración del estado general del vehículo
  • Indicación de si tiene cargas, reserva de dominio o embargos
  • Resultado de la última ITV

Fecha y firmas

El contrato de compraventa de vehículo entre particulares debe firmarse por duplicado, quedando una copia cada parte. La DGT verifica que ambas copias estén firmadas en todas las hojas.

Trámites obligatorios tras firmar el contrato de compraventa de vehículo entre particulares

La operación no termina con la firma. Hay dos trámites obligatorios que deben completarse:

1. Cambio de titularidad en la DGT (plazo: 30 días)

El comprador tiene un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato de compraventa de vehículo entre particulares para tramitar el cambio de titularidad en la DGT. Si no lo hace en ese plazo, el vendedor puede seguir recibiendo multas y responsabilidades vinculadas al vehículo.

El cambio de titularidad puede tramitarse:

  • Online: a través de la sede electrónica de la DGT con certificado digital
  • Presencialmente: en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico

Documentos necesarios: contrato de compraventa firmado, DNI de ambas partes, permiso de circulación, ficha técnica del vehículo y justificante del pago del ITP.

2. Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

La compraventa entre particulares tributa por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), gestionado por cada Comunidad Autónoma. El tipo impositivo varía según la comunidad, pero generalmente se sitúa entre el 4% y el 8% del valor fiscal del vehículo.

El comprador debe liquidar este impuesto antes de tramitar el cambio de titularidad, presentando el modelo 620 o 621 según la comunidad autónoma correspondiente.

Vicios ocultos en el contrato de compraventa de vehículo entre particulares

El vendedor responde de los vicios ocultos del vehículo conforme al artículo 1484 del Código Civil: defectos que hagan el vehículo impropio para su uso normal o que disminuyan su utilidad de tal modo que el comprador no lo hubiera adquirido de haberlos conocido.

El plazo para reclamar vicios ocultos es de 6 meses desde la entrega del vehículo. El comprador debe demostrar mediante peritaje que el defecto era previo a la venta y no era detectable a simple vista.

Las partes pueden pactar la exención de responsabilidad por vicios ocultos, pero solo es válida si el vendedor no actuó con mala fe (conociendo el defecto y ocultándolo).

Errores frecuentes en el contrato de compraventa de vehículo entre particulares

No comprobar cargas y embargos antes de firmar

Antes de firmar el contrato de compraventa de vehículo entre particulares, el comprador debe solicitar un informe de la DGT para verificar que el vehículo no tiene cargas, embargos o reserva de dominio pendientes que puedan impedir la transferencia.

No firmar por duplicado

La DGT exige que cada parte conserve una copia firmada. Sin este requisito, la Jefatura Provincial de Tráfico puede rechazar la tramitación del cambio de titularidad.

No incluir el número de bastidor

El número de bastidor (VIN) es el identificador único del vehículo. Su ausencia en el documento puede generar problemas en los trámites posteriores.

No liquidar el ITP antes del cambio de titularidad

El cambio de titularidad en la DGT requiere el justificante previo del pago del ITP. Sin él, la transferencia no puede completarse.

No notificar la venta a la DGT como vendedor

Aunque el trámite principal es del comprador, el vendedor puede notificar la venta a la DGT para dejar de asumir responsabilidades sobre el vehículo mientras figure como titular en el registro.

Preguntas frecuentes sobre el contrato de compraventa de vehículo entre particulares

¿Necesita notario el contrato de compraventa de vehículo entre particulares?
No. Un contrato privado firmado por ambas partes es perfectamente válido. La elevación a escritura pública solo se recomienda en operaciones de valor muy elevado, como vehículos de colección o flotas.

¿Qué pasa si el comprador no cambia la titularidad en 30 días?
El vendedor puede seguir recibiendo multas y responsabilidades administrativas vinculadas al vehículo. Para evitarlo, el vendedor puede notificar la venta a la DGT con una copia del contrato.

¿El contrato de compraventa de vehículo entre particulares tiene que estar en papel oficial?
No. Vale cualquier documento redactado por las partes, a mano o impreso, siempre que recoja los datos básicos y esté firmado por ambas partes.

¿Puede el comprador devolver el vehículo si tiene problemas?
Si los problemas son vicios ocultos que el vendedor conocía y ocultó, el comprador puede reclamar en el plazo de 6 meses. Si los defectos eran visibles o el comprador los conocía antes de firmar, no hay derecho a devolución.

¿Qué ITP se paga por la compraventa de un coche entre particulares?
Depende de la Comunidad Autónoma. El tipo general oscila entre el 4% y el 8% del valor fiscal del vehículo según tablas de la Agencia Tributaria autonómica correspondiente.

Descarga el modelo de contrato de compraventa de vehículo entre particulares 2026

A continuación puedes descargar gratis nuestro modelo de contrato de compraventa de vehículo entre particulares, actualizado a 2026 y válido para la DGT.

Este modelo tiene carácter orientativo. No constituye asesoramiento jurídico profesional. Para situaciones específicas, consulta con un abogado especializado en derecho civil.

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